172° ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO DE LA CIUDAD DE CELENDÍN

Por: Eler Alcántara Rojas.

El primer trazo urbano de la actual ciudad de Celendín ocurrió, según el historiador Wilder A. Sánchez Sánchez, el 12 de diciembre de 1793. Esta diligencia se cumplió a sugerencia del Monseñor Jaime Martínez de Compañón para el establecimiento de la nueva población, llamada Amalia de Zelendín, con la finalidad de alcanzar el título “cuando no de Ciudad al menos con el de Villa”. Estos esfuerzos vieron sus frutos el 19 de diciembre de 1802 con la Real Cédula, dada por el rey Carlos IV de España, que terminó por concederle a la Nueva Población Amalia de Celendín el título de Villa, “exenta de la jurisdicción de Cajamarca y sujeta, privativamente, a la de los Intendentes de Trujillo y los sub delegados de su Partido”.

El establecimiento del centro poblado urbano de Celendín, implicó cambios en la estructura agraria pues la administración de estas tierras pasaría de un modelo hacendatario a un sistema minifundista (485 accionistas entre españoles, portugueses, mestizos e indios), cuyos propietarios tenían libertad de hacer uso y beneficio de cada una de sus parcelas. Con el devenir de la República, Celendín siguió creciendo, tanto en población como en sus aspiraciones.

Pero Celendín no lograría el título de Ciudad sino hasta el año 1849, durante el primer gobierno del presidente Ramón Castilla.

Territorialmente, en cumplimiento de las nuevas leyes y la Constitución Política de 1823, 1826, 1828, 1834 y 1839 (durante la primera mitad del siglo XIX), Celendín continúo siendo una Villa dependiente de la provincia de Cajamarca, compuesta de cantones, aldeas, estancias y hatos.

Su reconocimiento como CIUDAD se sustenta mediante Decreto Ley del 19 de octubre de 1849, al haber “prestado eminentes servicios a la causa de la Independencia; y, además reúne todos los requisitos que exige la Ley del 17 de septiembre de 1847”.

Figura fundamental para tal logro fue el héroe celendino, historiador y prócer de la Independencia del Perú, Juan Basilio Cortegana y Vergara, teniente coronel del Ejército Peruano en la Legión Peruana de la Guardia, quien valerosamente acompañó a San Martín en la gesta independentista y fue partícipe excelso en las batallas de Tarata, Zepita, Junín y Ayacucho, con las que se selló la Independencia de Sudamérica. Esa condición de Cortegana fue razón principal para que el Congreso Peruano en sesión del 12 de octubre de 1849, decrete el cambio de Celendín, de Villa a Ciudad.

La iniciativa fue aprobada en la Cámara de Diputados, ratificada en la Cámara de Senadores y promulgada por el presidente Ramón Castilla. La gran cercanía y amistad establecida entre el mandatario y el militar celendino, fueron determinantes para que luego de 7 años de persistentes gestiones por parte del teniente coronel Juan Basilio Cortegana en las diferentes legislaturas del Congreso, se consiga el anhelado Decreto.

Pero también, porque los celendinos de la época elevaron oportunamente el Expediente para tal fin, con todas las exigencias del caso. Dice el propio Decreto Ley que se le concede el título de Ciudad, porque reúne todos los requisitos solicitados en la Ley de 1847.

Precisamente, la Ley del 17 de septiembre de 1847, fijaba reglas para el reconocimiento de villas o ciudades. “No se concederán, en adelante, títulos de villas y ciudades, sin los expedientes que acrediten el número de habitantes de las poblaciones, sus recursos y adelantamientos en los ramos de industria, agricultura y comercio”, estipulaba la legal disposición.

Aunque no existen datos sobre el número exacto de pobladores que acreditó Celendín para su recategorización como Ciudad, en 1836 durante el Gobierno del General Don Andrés de Santa Cruz se levantó el Primer Censo de Población de la Época Republicana, a nivel nacional. Probablemente la Villa de Celendín, haya contado con más de 9 mil pobladores. La provincia de Cajamarca, de acuerdo al censo de ese año, tenía 41 993 habitantes.

En cuanto a la industria, agricultura y comercio de la población celendina, estas actividades consistían en tejidos de bayetas, ponchos, sombreros de paja, ganado vacuno y harinas que se vendía a los comerciantes pasajeros que se dirigían entre Amazonas y Cajamarca y la costa. “La agricultura domiciliar es la ocupación general de todos ellos; a la vez que, el arrieraje para Chachapoyas, y las provincias de Huamachuco, Cajamarca, la Costa, Chota y Jaén; lo es igualmente para los que residen en los anejos y estancias”, se lee en documentos de aquellas épocas.

Estos y otros requisitos tuvieron que anexarse al Expediente de solicitud de recategorización de la Villa de Celendín como ciudad, viendo la luz en octubre de ese año (1849).

Ministerio de Gobierno, Instrucción Pública y Beneficencia

“DECRETO LEY DEL 19 DE OCTUBRE DE 1849”

“Que la Villa de Celendín sea Ciudad.

El ciudadano Ramón Castilla.

Presidente de la República.

Por cuanto, el Congreso ha dado el Decreto siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA PERUANA

Considerando:

Que la Villa de Celendín, perteneciente a la provincia de Cajamarca, ha prestado eminentes servicios a la causa de la Independencia; y, además, reúne todos los requisitos que exige la Ley del 17 de Septiembre de 1847, para concederle el Título de CIUDAD.

DECRETA:

Artículo Único: Se eleva al rango de CIUDAD, la Villa de Celendín, de la provincia de Cajamarca.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento; mandándolo imprimir, publicar y circular.

Dado en Lima, a 12 de Octubre de 1849.

ANTONIO GUTIÉRREZ DE LA PUENTE, presidente del Senado.

BARTOLOMÉ HERRERA, presidente de la Cámara de Diputados.

JERVACIO ÁLVAREZ, senador secretario.

SANTOS CASTAÑEDA, diputado secretario.

Por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a 19 de Octubre de 1849.

RAMÓN CASTILLA.- JUAN MANUEL DEL MAR

El desarrollo urbano de Celendín, fue paulatino. Las primeras autoridades políticas y gubernamentales empedraron las principales calles de la ciudad, con participación del vecindario. Las aguas de lluvia discurrían por el centro de la vía y las familias se abastecían de agua de los manantiales del Guayao, Pariapuquio y Chupset. Además, gracias a los buenos oficios del coronel Juan Basilio Cortegana y a los vecinos de Celendín, se ideó la canalización del agua de Molinopampa, para abastecer a la ciudad con este líquido vital, sobre todo en época de estiaje.

La única religión permitida en los habitantes de Celendín era la católica, apostólica, romana. No se permitía el ejercicio de cualquier otro culto. En la ciudad existían dos templos: el principal o mayor erigido en la plaza de armas, con dos torres de adobes y toda su construcción en sí del mismo material, con techo de teja, en honor a la Santísima Virgen del Carmen; y, el otro, el templo de la Purísima Concepción, que yacía abandonado, en ruinas, completamente destruido, pese a ser una suerte de necrópolis, en donde los celendinos enterraban a sus muertos.

No había alcaldes. Desde el establecimiento de la República las principales autoridades de Celendín eran designadas por el supremo gobierno, por intermedio de la subprefectura de Cajamarca, en atención a ciertos requisitos y cuestiones políticas. Celendín, gubernamentalmente, tenía un gobernador, que al mismo tiempo desempeñaba la autoridad de intendente de Policía, con sus respectivos tenientes y demás agentes comisarios e inspectores. De él dependían siete tenientes gobernadores, designados en cada uno de los cantones que conformaban la Villa de Celendín.

Para ser gobernador se requería ser peruano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y ser nacido en el distrito o avecindado en él, por cinco años al menos. Su designación era por un período de 2 años, pudiendo ser removidos antes a juicio del Ejecutivo. Tenían entre sus atribuciones: mantener el orden y la seguridad pública, hacer cumplir la Constitución, leyes, decretos y órdenes supremas, hacer cumplir las sentencias de los tribunales y juzgados, y ejercer la jefatura de la alta y baja policía.

En cuanto a la administración de justicia, en Celendín despachaban cuatro jueces de paz, quienes atendían asuntos menores, querellas verbales; además de contar con un síndico procurador. Para los asuntos de criminalidad, delitos y otros aspectos contenciosos, recurrían a la tutela del Juez de Primera Instancia de Cajamarca.

La educación era otro aspecto muy relegado. En toda la jurisdicción de Celendín existía una sola Escuela de Primeras Letras (educación primaria: primero, segundo y tercer grado), que se costeaba con recursos públicos y que lamentablemente no alcanzaba para educar a toda la población escolar, enseñándose: ortología, caligrafía, escritura, gramática castellana, gramática latina, religión (católica y románica) y aritmética. Su enseñanza era solamente para los varones.

En la actualidad, Celendín es considerada una ciudad intermedia, ubicada a 2625 msnm, tiene una población urbana de 19 809 habitantes (9 356 hombres y 10 453 mujeres), dispersa en 25 barrios o sectores: Poyunte, Chacapampa, Shuitute, El Progreso, Pallac, El Porvenir, El Rosario, El Carmen, Central, San Isidro, El Guayao, Los Jardines, El Cumbe, Bello Horizonte, Pumarume, San Cayetano, Bellavista, La Alameda, El Milagro, Chupset, Sevilla, Augusto Gil – Pueblo Nuevo, Santa Rosa, La Breña y El Capulí, además de otros pueblos jóvenes que van creciendo en la zona periférica de la localidad.

Mantiene su original trazo urbano, aunque sus calles lucen (en su mayoría) pavimentadas. El crecimiento acelerado de la localidad ha hecho que en varios sectores se altere el perfil urbanístico con la apertura de jirones y pasajes sin ningún criterio técnico, expandiendo su amplitud urbana por la Pampa Chica hasta el límite con el Río Grande.

Políticamente, Celendín es cabecera del distrito y provincia del mismo nombre, conforma una de las 13 provincias de la región Cajamarca. Tiene, entre otras instituciones, un Municipio Provincial con su alcalde y nueve regidores, subprefectura provincial, jefatura de la ORM-O14A Celendín, Comisaría Sectorial, Compañía de Bomberos N° 158, además de 04 juzgados del Poder Judicial (De Investigación Preparatoria, Penal Unipersonal, Mixto y de Paz Letrado), sede del Ministerio Público (02 Fiscalías Penales y 01 Fiscalía Civil y de Familia), Unidad de Gestión Educativa Local (Unidad Ejecutora N° 308), Red III de Salud, Hospital de Atención General (categoría II-1), Sociedad de Beneficencia Pública, decenas de instituciones educativas públicas y privadas (nivel inicial, primaria y secundaria), institutos tecnológicos (un estatal y dos privados), una Escuela Superior Pedagógica “Arístides Merino Merino”, dos escuelas universitarias (ingeniería ambiental e ingeniería sanitaria) de la Universidad Nacional de Cajamarca, sede del Banco de la Nación, una veintena de medios de comunicación (radio, tv y prensa escrita), un Mercado Modelo “Adolfo Aliaga Apaéstegui”, un remodelado Mercado Zonal “Eleazar Velásquez”, una Parroquia con sus respectivas autoridades eclesiásticas, creciente parque automotor (más de cuatro mil mototaxis), diferentes bases ronderas, clubes de madres, comedores populares, juntas vecinales, un Frente de Defensa de los Intereses Celendinos y un largo etcétera de autoridades e instituciones, que hacen de Celendín una ciudad en crecimiento, atractiva, con importantes avances en relación al Celendín de antaño (S. XIX), pero también con muchos problemas sociales y económicos que limitan su desarrollo y progreso, a comparación de otras provincias de la región y el país.

Por eso, es imperiosa la necesidad de conocer el pasado y presente de nuestro pueblo y el legado que nos dejaron los celendinos de antiguo cuño, para tener la fuerza suficiente de marcar nuestro propio derrotero, nuestra propia historia, tal como ellos lo soñaron o se lo imaginaron.

[Artículo publicado en la Revista Oígaste N° 008 – Edición Octubre 2021]

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